Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley; con fundamento en el artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ACUERDA PRORROGA DE NOVENTA (90) DÍAS, al Ministerio Público a los fines de concluir la investigación Nº D21-8118-2011 (21-F1-658-2011) en perjuicio de la ciudadana: MARIA ISABEL VERA DE MALPICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.775.997, en contra del ciudadano: RAMON ANTONIO MALPICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.315.392, en perjuicio de la ciudadana: MARIA ISABEL VERA DE MALPICA, venezolana, titular de la cédula de identidad N V-9.775.997, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derech.....