DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por desalojo intentó la ciudadana MORA BERRIOS OLGA MARGARITA, contra la ciudadana GUERRA BRICEÑO CRISTINA, ambas plenamente identificadas en autos, fundamentada en la causal de desalojo prevista en el literal "G" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar inmediatamente a la demandante el inmueble objeto del contrato de arrendamiento en cuestión consistente en un local comercial que forma parte del centro Mini centro comercial "Armonía", ubicado en la calle 10 entre avenidas 11 y 12, del municipio Valera estado Trujillo, distinguido con el Nº L-01.
TERCERO: Se conden.....