DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 18 de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión recurrida en todas sus partes.
TERCERO: Se condena en costas a la parte accionada conforme al artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.