DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Admite la acusación contra el ciudadano: SAID LUIS EL HALABI PEREA, venezolano, de 29 años de edad, soltero, portador de la cédula de identidad 18.095.765, nacido en fecha 13-11-1977, alfabeto, obrero, residenciado en avenida Miranda casa N° 01 Parroquia sabana Grande del Municipio Bolívar Estado Trujillo, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley Sobre la Violencia contra la mujer y la Familia en perjuicio de las ciudadanas Lina Gada El Halabi Perea y Rima Elena El Halabi Perea. Se admiten todas las pruebas del Ministerio Público por ser pertinentes y necesarias para el desarrollo del debate oral y público. SEGUNDO: Se otorga La Medida de SUSPENSIÓN CONDICION.....