Se DECLARA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION ejercido por la abogada GLADYS TORRES PERNALETE, apoderada judicial de la parte demandada ciudadano LEANDRO ROSENDO HERRERA, identificado en autos, contra el auto dictado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, SEDE CARORA, de fecha 23/01/2008. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión tomada.