VI
DISPOSITIVA
Por antes expuesto, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensora pública, abogada del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), imputado de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto en el articulo 405 en relación al artículo 406 N° 1, ambos del Código Penal, contra el decreto de detención preventiva decretado en fecha 26 de febrero de 2017, no evidencia esta alzada la violación de garantías constitucionales ni legales que hagan revocar la decisión impugnada, la juez actuó dentro del marco de la legalidad, preservando el debido proceso y la tutela judicial efectiva. SEGUNDO: Se ratifica la decisión dictada en fecha 26 de febrero de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera In.....