En fase de Ejecucion forzosa el Tribunal se traslado al domicilio de la demandada, quien en el uso de los medios alternativos de solucion al conflicto, ofrecio cancelar al demandante la cantidad de Bs. 1.409.648,66 de acuerdo a los conceptos condenados en la sentencia de admision de hechos, excluyendo el beneficio de Bono de alimentacion el cual tenia una diferencia de pago de Bs. 1000 por cuanto se cancelo durante la relacion laboral la cantidad de Bs. 4.000; la parte actora convino en el Ofrecimiento hecho por la parte demandada, recibiendo el cheque de Bs. 1.409.648,66 declarando no tener nada mas que reclamar, por lo que el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES dandole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que el acta no se registra informaticamente por haber sido realizada de forma manual.