En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados, Miranda, Vargas y Amazonas, actuando como Tribunal de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la INCOMPETENCIA sobrevenida de este Juzgado Superior Primero Agrario para conocer de la Medida Cautelar Innominada Oficiosa de Protección Especial Ambiental de fecha 03 de marzo de 2.011, en la cual este tribunal, entre otras disposiciones de interés procesal instó a la sociedad mercantil "Fun Race 4x4 C.A", a suspender temporalmente a nivel nacional las válidas que adelantan dichas organizaciones relacionadas a las actividades de conducción extrema de vehículos automotores a "campo traviesa", en parques nacionales de Venezuela, asimismo, prohibiendo la realización de acti.....