DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos,
éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los
ciudadanos:BEATRIZ MAYENIS MOGOLLON MORENO y OSVALDO JOSE PEREZ
LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas
de identidad N° V-12.247.537 y V-14.482.228, números telefónicos: 0416.053.00.92
y 0426.367.86.91, correo electrónico: dialzantonia@gmail.com, respectivamente,
debidamente asistidos por la Abogada MARIAGNIS DEL CARMEN ESCALONA
MENDOZA, inscrita en el IPSA, bajo el N° 226.698, en su condición de Defensora
Publica Auxiliar Integral Primera (1°) del Estado.....