DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la Demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por el DEMANDANTE: NINOSKA NOELIA DAZA MENDOZA, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en, Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.593.571. ABOGADO ASISTENTE: JORGE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los No: 90.085, con domicilio procesal avenida 6, con calle 7, Edificio Mercantil La Ceiba, primer piso, oficina Nº 58, Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara. En contra del ciudadano DEMANDADO: JUAN BAUTISTA PEREZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.119.171, domiciliado en la calle 14, con Avenida 7, Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara,
En consecuencia:.....