DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN PRIMER LUGAR; ADMITE LA ACUSACION interpuesta por el Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 326 y 376 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano ADRIBER JOSE BAPTISTA COLMENARES, venezolano, casado, de 39 años de edad, Taxista, portador de la cédula de identidad Nº 9.316.278, por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 en concordancia con el artículo 9 de la ley sobre armas y explosivos y Aprovechamiento de cosa proveniente del delito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 470 del código penal y vista la admisión de los hechos realizada por el acusado de conformidad a lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánic.....