Este Tribunal observa:
Vistos los recaudos acompañados a la solicitud y de la revisión del levantamiento parcelario, emitido por la Dirección de Catastro Municipal, del cual se desprende que el área de terreno es de MIL DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS (1203,oo M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: En línea de veinte metros (20 mts) con ocupaciones que son o fueron de Rosmary Gallardo; SUR: En línea de veinte metros con un centímetro (20,1 mts) con autopista; ESTE: En línea de sesenta metros (60 mts) con con calle 1 y por el OESTE: En línea de sesenta metros (60 mts) con ocupaciones que son o fueron de Arnoldo Torres. Las referidas bienhechurías constan de cerca de alambre de púas con estantillos de madera.
Así las cosas, de los documentos anexos a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer al solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justici.....