DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley;
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Ramón Pérez Linárez, en su condición de defensor privado de los ciudadanos DIOGENES RAFAEL ORELLANA PEREZ y ARQUIMEDES TOVAR, contra la decisión dictada en fecha 17 de mayo de los corrientes, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, que NIEGA POR IMPROCEDENTE la solicitud de que cese la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada en fecha 17 de mayo de 2004, dictada por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, que NIEGA POR IMPROCEDENTE la solicitud de que cese la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a favor de los ciudadanos Diógenes Rafael Orella.....