III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la recurrente contra la decisión proferida por el A quo en fecha 25 de Julio de 2012, en el presente juicio de amparo constitucional incoado por la ciudadana abogada Dairy Mejías Dávila, ya identificada, contra el Colegio de Abogados del Estado Trujillo, en la persona de su Presidente, abogado Oscar Alfonso Linares Quintero, igualmente identificado.
Se declara INADMISIBLE la presente demanda de amparo constitucional, seguida entre las partes señaladas en este dispositivo, que se contiene en el expediente número 24215, de la nomenclatura del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Ci.....