DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. Que es COMPETENTE para conocer la demanda de contenido patrimonial conjuntamente con medida cautelar interpuesta por la abogada Heidy Sánchez Delgado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.097, actuando con el carácter de apoderada judicial de la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE), por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, domiciliada en Caracas, Distrito Capital, creada por Decreto Presidencial N° 1.555, de fecha 11 de mayo de 1976, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 30.978, del Primero Circuito de Registro del departamento del hoy Distrito Capital, en fecha 7 de julio de 1976, bajo el N° 02, Tomo 10,.....