DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho JESSYCA HURTADO MEDINA, Defensora Publica Centésima Cuarta (104º) Penal, actuando en Defensa del ciudadano GERARDO JOSE MARQUEZ OROPEZA, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de enero de 2017, por el Juzgado Quincuagésimo Segundo (52°) en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreto medida judicial preventiva privativa de libertad de conformidad con el artículo 236 numerales 1, 2 y 3 en relación con el parágrafo primero del articulo 237 numerales .....