Se declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUÍS ALEJANDRO ESPINOZA FARIAS, representado por el abogado LUIS IVAN MENDEZ VERGARA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.488, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALERA DEL ESTADO TRUJILLO. En consecuencia: PRIMERO: ORDENA se pospongan los efectos ejecutorios del acto administrativo de remoción por el período de dos (2) años contados desde a partir desde la fecha del nacimiento del hijo del accionante, es decir desde el tres (03) de diciembre de dos mil trece (2013), hasta el tres (03) de diciembre de dos mil quince (2015). SEGUNDO: ORDENA pagar al accionante los sueldos dejados de percibir, desde la fecha del egreso es decir desde el siete (7) de enero de 2014, hasta su efectiva reincorporación, salvo aquellos conceptos que impliquen la efectiva prestación del servicio. TERCERO: ORDENA la reincorporación del accionante, y la misma puede realizarse en el.....