En merito de los razonamientos expuestos, la Jueza Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, conforme a lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.