PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 18 de junio de 2.009, por el ciudadano abogado MIGUEL ANTONIO LEDON DOMINGUEZ, actuando en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano ORLANDO VICENTE CUENCA NAVARRO, parte demandante en la presente causa, contra el auto proferido en fecha 16 de junio de 2.009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo. Y así se decide.
SEGUNDO: De oficio y motivado al quebrantamiento del orden público procesal agrario observado en la presente incidencia, se revoca parcialmente el auto proferido en fecha 16 de junio de 2.009, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, únicamente en lo que respecta al pronunciamiento sobre la prueba testimonial en la presente causa.....