CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada en fecha 26 de septiembre de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia No. 93 de la ciudad de Madrid, España, que decretara la disolución del vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos JACQUELINE ABADI ESKENAZI y SANTIAGO BENATAR SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.182.271 y 15.487.518, respectivamente.