DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero:INADMISIBLE la demanda que por Acción Mero Declarativa incoara el ciudadanoDANIEL JOSE PENA APONTE, en contra de las ciudadanas ANA PEREIRA PONTES y ANA KARINA ARVELO PEREIRA,todos identificados en el encabezado del presente fallo.