Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos HENIO PASTOR PEREIRA RODRIGUEZ y LOISINETTE YANASELIZ LADINO PINEDA, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 15 de Diciembre de 1988, bajo el acta Nro. 625, folio 144 Fte, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1988