En virtud lo planteado anteriormente, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en la Ley, especialmente el artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara que tiene competencia territorial para conocer en fase de mediación del juicio intentado por el ciudadano Elías José Delgado Villegas contra Taller Miura. En consecuencia, la audiencia preliminar se celebrará al décimo día hábil siguiente al de hoy, a las 09:00 a.m, sin necesidad de notificarse a las partes, por encontrarse las mismas a derecho. Debido a la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Líbrese oficio a la Coordinación de Secretarios de este Circuito Judicial del Trabajo, para que tome debida nota que la audiencia preliminar se celebrará ante este despacho en la oportunidad ya indicada.