DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de declaratoria de Unica y Universal Heredera del De Cujus DANIEL OCTAVIO RODRÍGUEZ, intentada por la ciudadana: FLOR ELENA OROZCO MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.661.143, representada por la Abg. BETTY RODRIGUEZ PORRAS, todos identificados en autos.-----------------------------------
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de lo aquí decidido.----------------------------------------------------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.----------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los cuatro (04) días del mes de Mayo del 2.009. Años: .....