CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano NELSON ARAUJO RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.461.590, domiciliado en la Calle 15, con Avenida 15 N° 14-39, Planta Alta Municipio Valera, Estado Trujillo, asistido por el abogado en ejercicio MAXIMO A. RANGEL P., inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 46.740, con domicilio procesal en la Calle 8 entre Avenidas 9 y 10, Edificio Greve, Nivel Mezanine, Oficina Unica, Parroquia Mercedes Díaz, Valera, Estado Trujillo, contra el ciudadano JULIO ARDILA SERRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24137.336, domiciliado en esta.....