Como consecuencia de todo lo expuesto, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra los ciudadanos JOSÉ VENANCIO LINARES FRANCO y GABRIEL ENRIQUE VÁSQUEZ GUÉDEZ, ya identificados, por cumplimiento del lapso de suspensión condicional del proceso y de las condiciones cuyo cumplimiento se les impuso, durante ese tiempo, que se otorgara en el presente proceso.
Notifíquese la presente decisión a las partes.
Dada, verbalmente en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control número 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en Trujillo, Estado Trujillo, a los treinta (30) días del mes de mayo de 2007, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación, y leída y agregada a los autos, en su versión escrita, a las nueve y media de la mañana (9:30 a.m.) del cuatro (4) de junio de 2007, en la misma Sala de Audiencias.
El Juez,
El Secretario,
Manuel.....