DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Dictamina la RATIFICACION DE SANCION DE PRIVACION DE LIBERTAD conforme al artículo 628 ejusdem, a los sancionados RESERVADO y RESERVADO , ya identificados por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto en el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes y sancionado en la misma ley.
El Juez de Ejecución
Abg. JORGE DIAZ MENDOZA. Secretaria