En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: IMPROCEDENTE la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Festejos Mar, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 0428-09, de fecha 03/12/2009, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT), ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), favor del ciudadano José Luís Bastardo Arreaza, titular de la cédula de identidad N° 15.154.206, contenido en el expediente MIR-29-IE09-0623.