DISPOSITIVA:
Acto seguido para decidir, este Tribunal se pronuncia en los siguientes términos: Con base en la admisión de los hechos por parte del acusado plenamente identificado, en forma libre y voluntaria, para acogerse a la Suspensión Condicional del Proceso y por las razones de hecho y de derecho este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 02 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA PRIMERO: Se Admite la acusación interpuesta por el Representante del Ministerio Público contra el ciudadano: JOSE MAURO VILORIA VIERAS, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.499.132, nació en la Cordillera del Humo, Mendoza Fria, en fecha 1962, comerciante, sector caja de Agua, casa N° 474, a cuatro casas de la casilla policial de Caja de Agua, Valera estado Trujillo, hijo de Francisca Viera y de José Dolores Viloria. por la presunta c.....