Por las razones antes expuestas este Tribunal Sexto de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: Se ACUERDA la interrupción del presente juicio que contiene la causa KP01-P-2007-002943 y la nueva realización desde su inicio por otro Juez de Juicio de este Circuito Judicial Penal, y otros jueces escabinos, de conformidad con el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ACUERDA el desprendimiento del conocimiento de la presente causa por parte de este Juzgado de Primera Instancia en sus Funciones de Juicio Nº 6.
TERCERO: Se ACUERDA la redistribución de la presente causa a los fines de que sea redistribuido a otro Tribunal de Juicio de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que se realice nuevo juicio oral y publico. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Cúmplase, Dado en Barquisimeto a los cuatro.....