de la presente causa y DECLINA LA MISMA a cualquier Juzgado de Primera Instancia competente por materia para ventilar el presente asunto.- Se acuerda remitir la presente causa, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), a los fines de que sea distribuida ante los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, competentes por la cuantía para conocer de la misma.- Remítase désele salida una vez precuido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez,
Abg. Martín Enrique Bonilla A.
La Secretaria,
Abg. Emma García