DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: NIEGA LA ENTREGA DEL Serial de Carrocería 1R69NR317071, Placa KAA43P, Serial de Motor NRV317017, Marca Chevrolet, Modelo Swift 1.6, Color Azul y Perla, año 1994, Uso Particular, Clase Automóvil, Tipo Sedan a los solicitantes JOEL DE LAS MERCEDES SANCHEZ , Cédula de Identidad Nº 3.541.446, y MOISES RAFAEL FREITEZ MARCHAN, Cédula de Identidad Nº 7.361.848, hasta tanto se tenga conocimiento del resultado del acto conclusivo de la Fiscalia 10 del Ministerio Público sobre la investigación aperturaza 13F10-495-10, siendo que de dicho acto conclusivo, se podrá determinar cuál solicitante ostenta el mejor derecho sobre el vehículo en cuestión, en los términos que exigen los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a.....