Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas N° 3 del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se ordena libertad los ciudadanos DENNIS GREGORIO PEREZ RIERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-(...) y ESTEBAN ENRIQUE PEREZ RIERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-(...).
SEGUNDO: Este tribunal deja sin efecto la orden de aprehensión acordada en fecha 19 de febrero de 2015 contra el imputado de autos.
TERCERO: Se mantienen las medidas de protección y seguridad decretadas en su debida oportunidad de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
CUARTO: Se fija fecha para la celebración de la Audiencia Oral para el día 11 DE JULIO DE 2016 A LAS 12:00 M, de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal.....