III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el presente recurso de hecho interpuesto por la ciudadana Pierina Bongiovanni Catanese, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil Inversiones Pierina, C.A., contra el auto de fecha 29 de marzo de 2016, dictado por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, que negó la apelación ejercida por el recurrente de hecho el 15 de febrero de 2016, contra la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2015, dictada en el expediente número 6.790, llevado por el tribunal de la causa, contentivo del juicio que por resolución de contra.....