Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abg. JULENY ROSAS BRAVO en su condición de Juez de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en la causa seguida al ciudadano HECTOR LUIS BRICEÑO TERAN, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 7 en concordancia con el articulo con el articulo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.