DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DESESTIMA LA SOLICIUTD DE REPOSICIÓN formulada por el abogado Manuel Antonio Marcano Narváez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.268, actuando en su carácter de apoderado judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE), conforme a la motiva de la presente providencia.
SEGUNDO: EL LAPSO PARA CONTESTAR la presente querella debe computarse desde el día 19 de septiembre de 2016, hasta el día 13 de octubre de 2016; ello, conforme a la motiva de la presente providencia.