PRIMERO: DECAIMIENTO DE LA INCIDENCIA DE RECUSACIÓN planteada por el abogado ALÍ HUMBERTO ESCALONA MÉNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 150.769, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana demandante LEIDA EUDOCIA ESCALONA, titular de la cédula de identidad número V-3.857.040, contra el abogado HILARION ANTONIO RIERA BALLESTERO, quien ejercía funciones de Juez Suplente del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por desalojo de vivienda, signado con el N° KP02-V-2022-000616, por cuanto en la actualidad, el recusado no ejerce funciones como juez en ese Órgano Jurisdiccional.
SEGUNDO: Se acuerda notificar mediante Oficio al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de la presente decisión con copia certificada de la misma y al Juzgado donde haya sido remitida la .....