Este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, en el presente juicio que por: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentó la ciudadana: LEOYUNEIDA CADITA PALMA RIERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 14.353.618, soltera, con domicilio en la ciudad de Guárico Estado Lara, y como consecuencia de ello, se da por terminado el presente procedimiento. Por abandono de trámite. No se da condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo, se ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial.
Publíquese y regístrese, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimien.....