PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la abogada SARAH OTAMENDI SAAP, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 80.218, en condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil demandante ADMINISTRA BIENES SAAP C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 27 de marzo del año 1990, bajo el N° 66, Tomo 12-A, contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada por el Tribunal Séptimo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 12 de mayo del año 2015, en el asunto judicial N° KP02-V-2015-0000582.
SEGUNDO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el asunto Nº KP02-V-2015-0000582, conforme el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: CONFIRMA la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada por el Tribunal Séptimo Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscr.....