III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el demandado, ciudadano ORANGEL JOSE ALVAREZ LUJANO, ya identificado, contra el auto de fecha 16 de Febrero de 2005, que declaro firme la acción Reivindicatoria, en el juicio por Reivindicación que sigue la ciudadana AURA ESTELA VILLAREAL, igualmente identificada.
Se CONFIRMA la decisión apelada en toda y cada una de sus partes.
Se condena en costas a la parte perdidosa apelante conforme al artículo 281 del Código de procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa el presente expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juz.....