Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados Antonio Carvallo García y Rafael Alvarez Almao, en contra de la decisión dictada el 03-10-2003, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Dr. Wilmer Muñoz, que declaró Con Lugar la solicitud de Desestimación de la Querella, presentada por la Abog. Angela León, en su condición de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Lara, todo de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 y 437 literal a, del Código Orgánico Procesal Penal.