Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria mediante la cual el tribunal se declaró Incompetente en razón de la materia y declinó la competencia para conocer de solicitud de Obra Nueva interpuesta por la ciudadana COROMOTO DEL CARMEN GIL MONTILLA contra la ciudadana NIURKA CAROLINA MUÑOZ GUERRA. para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.-Asimismo se ordenó dejar Transcurrir el lapso que tienen las partes para ejercer el recurso de regulación de la competencia tal como lo establece el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil; y de no ejercerse dicho recurso, se ordenó remitir el expediente al referido juzgado.