Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demándate
SEGUNDO: no hay condenatoria en costas dadas las características del fallo.
TERCERO: No se ordena notificar de la presente decisión por no haberse perfeccionado la Litis.