III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INHABILITACION CIVIL de la ciudadana MIRTA ROSA SUÁREZ, ya identificada. En consecuencia, dicha ciudadana es INHÁBIL para estar en juicio, celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamo, percibir sus créditos, dar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o para ejecutar cualquiera otro acto que exceda o no de la simple administración, sin la asistencia de curador que en el presente dispositivo se le designa.
SE DESIGNA como curadora de la inhábil, a su hija la ciudadana CHRISTI CARALMIR GONZÁLEZ y como suplente de ésta al ciudadano FERNANDO ANTONIO SUÁREZ PEÑA, ambos identificados. SE DESIGNA como miembros del consejo de curatela a los ciudadanos DILCIA DOLORES JUÁ.....