Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: OTORGAR EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO AL PENADO RAFAEL RAMÓN BECERRA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 16267303, de 21 años de edad, soltero, de profesión indefinida, nacido el dieciocho (18) de setiembre de 1984 en Valera, Estado Trujillo, domiciliado en La Avenida El Cementerio, Barrio El Gallo, casa número 9-5, sector La Floresta de Valera, Estado Trujillo, hijo de Jacinta Coromoto de Becerra y Rafael Ramón Becerra, de conformidad a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal recientemente reformado; en concordancia con lo establecido en los artículo 65 y 67 de la Ley de Régimen Penitenciario, obligándose .....