este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta las siguientes medida preventivas: PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad del ciudadano TULIO DANIEL VALERO CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.549.214, hasta cubrir la suma de CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA DOLARES AMERICANOS (14.790.00$) por capital de las letras de cambio, los intereses de mora vencidos por un total de CIENTO VEINTICUATRO DOLARES AMERICANOS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR AMERICANOS (USD124,45$), mas DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS DOLARES AMERICANOS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR (USD 263,64) por concepto de comisión mercantil calculado a un sexto por ciento (1/6%), si la medida recae sobre dinero en efectivo; o en su defecto el doble, hasta cubrir.....