Por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ó a alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. Intímese al ciudadano David Antonio Rodríguez Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-7.355.006, en su condición de representante legal de la sociedad mercantil EXPLOTACIONES DAMTOM, C.A., de conformidad con el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, para que concurra ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la intimación, en horas de Despacho comprendida entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., a efectuar el pago o comprobar haber pagado bajo apercibimiento de ejecución las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de Un Millón Ciento Dieciséis Mil Bolívares (Bs.1.116.000,00), ahora expresados en Mil Ciento Dieciséis Bolívares (Bs.1.116,00), por concepto de multa por declaración extemporánea; SEGUNDO: Un Millón Ciento Dieciséis Mil Bolívares (Bs.1.116.000,00), ahora expre.....