DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley; Declara con lugar la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad en beneficio de RICHARD JOSE ARIAS PARRA titular de la Cédula de Identidad N° 15.351.279, Venezolano, soltero, mayor de edad con domicilio en la carrera 17 entre 40 y 41, ya identificado por cuanto están dados los presupuestos del artículo 253 ejusdem. Se acuerda remitir el asunto al Juez de Juicio para que sea convocado el juicio oral y público en este caso, por cuanto se ordenó el procedimiento Abreviado.