VI
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Suheis Varela, Defensora Pública Sexta (06º) de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), contra la decisión dictada en fecha 26 de febrero de 2017, por el Juzgado Segundo (02º) de Primera Instancia en Función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en la cual se decreto la detención preventiva, al considerar que la medida impuesta se encuentra motivada y cumplió con los requisitos de procedencia de conformidad con lo previsto en el artículo 559 en concordancia con el 581 de la Ley Orgáni.....