este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que le otorga la ley, declara SIN LUGAR la demanda de quiebra interpuesta por el extinto BANCO DE MARACAIBO, C.A., contra las empresas OMNIVISION, C.A., y SERVICIOS MULTICANAL 12, C.A.